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Autorización de Quemas en Tierras Agrícolas PDF Imprimir
Martes, 28 de Abril de 2009 11:43

Las solicitudes de autorización para realizar quemas en tierras agrícolas, se tramitan de la siguiente forma:

 

1. Para quemas en zonas agrícolas, ubicadas a menos de 500 metros de masas forestales, las autorizaciones las tramita el Servicio de Incendios Forestales a través de sus teléfonos 91 580 18 49 y 900 720 300.

En esta llamada de solicitud, al interesado le van a requerir su nombre, teléfono y la zona de quema. Estos datos se pasan a los agentes forestales, que se pondrán en contacto con el interesado para ver la zona y emitir el informe o autorización correspondiente.

El plazo de tramitación suele ser breve, pero es conveniente hacer la solicitud con una semana de antelación. 

Las autorizaciones tienen un plazo de ejecución, por lo general, de una semana renovable. 

 

2. Para quemas en zonas agrícolas, ubicadas a más de 500 metros de masas forestales, las autorizaciones las tramita la Delegación de Agricultura correspondiente a través de sus teléfonos 91 811 02 72 (Navalcarnero) y 91 580 17 51 (Ronda de Atocha). Hacen autorizaciones genéricas.

 

Otros teléfonos de interés

Emergencias 112.

Bomberos (Parla) 91 699 27 58.

Agentes Forestales (Parque Regional río Guadarrama) 91 616 17 59.

Información Medioambiental 901 525 525.

 

Las quemas se efectuarán según la normativa vigente.

Orden 3816/2003, de 22 de mayo, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establecen las normas sobre autorizaciones para realizar quemas en tierras agrícolas.

Decreto 59/2006, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).

Última actualización el Miércoles, 29 de Abril de 2009 11:22
 

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